SANTO DOMINGO, R.D. – El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitió la Resolución Núm. 0047/2025 que prohíbe la exhibición y uso de fauna silvestre y exótica en playas, ríos, parques y otros espacios públicos con fines recreativos, de entretenimiento o en sesiones fotográficas y paseos.
La medida, firmada el 11 de julio por el ministro Paíno Henríquez, tiene como objetivo principal proteger el bienestar animal y garantizar la seguridad ciudadana, al mismo tiempo que declara de alto interés nacional la protección de las especies endémicas, nativas y migratorias de la República Dominicana.
Alcance de la Prohibición
La Resolución establece que la exhibición de estos animales solo será permitida bajo las siguientes condiciones:
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Debe realizarse en instalaciones autorizadas para dichos fines.
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Debe contar con el consentimiento de los propietarios y las debidas autorizaciones otorgadas por el Ministerio de Medio Ambiente.
Vigilancia y Cumplimiento Legal
La Resolución instruye a las instancias competentes del ministerio, incluyendo los viceministerios de Áreas Protegidas y Biodiversidad y de Costeros y Marinos, a:
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Realizar la vigilancia, monitoreo e inspección.
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Efectuar incautaciones y sometimientos legales a personas físicas y jurídicas que exhiban animales silvestres y exóticos en espacios públicos.
La disposición se fundamenta en la Ley 64-00 (Artículo 140), que prohíbe la caza, maltrato, tráfico y exhibición ilegal de especies amenazadas, y en el Decreto Núm. 1288-04, que faculta a la institución a controlar el comercio y la posesión de especies listadas en la Convención CITES.
Además de las medidas de control, el Ministerio implementará programas de educación ambiental y concienciación para propiciar la protección y preservación de estas especies.












