El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), ante declaraciones emitidas por la Sociedad Dominicana de Oncología Médica (SODOM), aclaró que no existe ninguna resolución que establezca la compra obligatoria de medicamentos de alto costo por parte de los afiliados a través de la Dirección de Acceso a Medicamentos de Alto Costo (DAMAC) del Ministerio de Salud Pública.
El CNSS precisó que actualmente la Comisión Permanente de Salud se encuentra en proceso de análisis de la Resolución No. 625-04, a solicitud de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), con el objetivo de evaluar distintos aspectos relacionados con el acceso y la adquisición de estos fármacos.
La DIDA realizó dicha solicitud con el propósito de que se tome en cuenta la compra de medicamentos, considerando la posibilidad de realizar adquisiciones conjuntas a través del DAMAC, a fin de optimizar los procesos y garantizar un mejor acceso.
El CNSS reiteró que hasta el momento no se ha aprobado modificación alguna que establezca nuevos requisitos o cambios en el proceso de acceso para los pacientes.
El ente rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), durante el proceso de análisis técnico, ha realizado reuniones con distintos actores del sector salud, incluyendo las sociedades médicas, con el propósito de conocer sus consideraciones y aportes.
Respecto a la Carta de No Cobertura, es importante precisar que este documento forma parte de los procedimientos habituales cuando un afiliado ha agotado la cobertura de su seguro, permitiéndole iniciar la evaluación en el Programa de Medicamentos de Alto Costo del Estado.
En ese contexto, el rol de la DAMAC se concibe como complementario y no sustitutivo del aseguramiento en salud. En consecuencia, el análisis actual se orienta a evaluar mecanismos que permitan mejorar la articulación entre las instancias del sistema, procurando eficiencia, transparencia y trazabilidad en la gestión, siempre en resguardo del derecho a la salud de los pacientes.










