SANTO DOMINGO, RD.— La Superintendencia de Bancos (SB) ha emitido una nueva circular para proteger a los usuarios ante fallas tecnológicas en las entidades de intermediación financiera. La normativa busca que los clientes no se vean perjudicados por interrupciones en los sistemas bancarios.
Según la nueva regulación, si un banco no puede demostrar que ofreció canales alternativos que funcionaron durante una interrupción, deberá reembolsar automáticamente cualquier cargo, comisión o interés moratorio generado por operaciones retrasadas o no ejecutadas.
Obligación de informar y sanciones
Con esta nueva disposición, los bancos están obligados a implementar un protocolo de comunicación para informar a sus clientes sobre cualquier falla que afecte el servicio. Si la interrupción supera las dos horas, las entidades deberán notificar a los usuarios, especificando los servicios afectados, la causa del incidente y el tiempo estimado de resolución. Para los mantenimientos programados, la notificación deberá hacerse con al menos 24 horas de antelación.
La circular también aborda la retención de tarjetas de débito en cajeros automáticos. Si la retención es por una falla del banco o su red, no se le podrá cobrar al usuario por la reposición del plástico.
Las entidades de intermediación financiera tienen un plazo de seis meses para cumplir con estas disposiciones. El incumplimiento de la normativa resultará en sanciones.
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