Santo Domingo.– El nuevo director general de la Policía Nacional, mayor general Ernesto Rodríguez García, inició su gestión colocando el foco sobre el patrimonio de los altos mandos de la institución, al ordenar la presentación de sus declaraciones juradas de bienes ante la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.
La instrucción está contenida en el memorándum número 30267, fechado el 22 de agosto, mediante el cual se concedió un plazo de 30 días a directores centrales, regionales y de áreas para cumplir con la disposición.
De acuerdo con la comunicación, el período establecido vence el 20 de septiembre, y quienes estén legalmente obligados deberán haber presentado para entonces la documentación correspondiente.
La medida se produce pocos días después de que Rodríguez García fuera juramentado, el pasado 17 de agosto, como nuevo responsable de la Policía Nacional.
“Eso está establecido, nosotros somos empleados públicos”, manifestó el director policial al ser cuestionado sobre la disposición, asegurando que espera el cumplimiento de los oficiales alcanzados por el memorándum.
¿Qué deben declarar los altos mandos?
La declaración jurada de patrimonio permite conocer los activos, ingresos y obligaciones económicas de determinados funcionarios públicos al asumir o abandonar posiciones sujetas a fiscalización.
La Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio —no 312-14— incluye entre los funcionarios obligados a determinadas autoridades y oficiales de la Policía Nacional.
Entre las informaciones que deben transparentarse figuran propiedades inmobiliarias, cuentas y productos financieros, ingresos, participación en sociedades comerciales y otros componentes patrimoniales contemplados por la legislación, incluyendo los correspondientes a la comunidad matrimonial cuando aplique.
El objetivo del mecanismo es que exista un registro que permita contrastar la evolución patrimonial de quienes desempeñan determinadas funciones públicas.
La obligación no termina al dejar el cargo
Un aspecto relevante es que presentar la declaración patrimonial no es exclusivamente una responsabilidad de quienes ingresan a una posición.
La legislación también establece obligaciones relacionadas con el cese de determinadas funciones.
Esto implica que los oficiales salientes que se encuentren dentro de las categorías establecidas legalmente también deben cumplir con el procedimiento correspondiente ante la Cámara de Cuentas.
¿Qué ocurre si un oficial no declara sus bienes?
El incumplimiento puede generar consecuencias administrativas y otras responsabilidades previstas en el ordenamiento jurídico.
El memorándum advierte sobre sanciones para quienes no cumplan dentro del período establecido, mientras que la legislación sobre declaración jurada y las normas que regulan la función pública y la carrera policial contemplan distintos mecanismos disciplinarios.
Además, proporcionar información falsa u omitir deliberadamente bienes constituye un escenario diferente al simple retraso y puede generar consecuencias adicionales dependiendo de las circunstancias.
La disposición adquiere especial importancia debido a que las declaraciones patrimoniales funcionan como una herramienta para fiscalizar posibles variaciones injustificadas del patrimonio de funcionarios públicos.
El inspector general de la Policía y los superiores correspondientes tendrían participación en la aplicación del régimen disciplinario interno cuando proceda.
Un plazo que pone el patrimonio bajo escrutinio
Con la fecha del 20 de septiembre acercándose, la atención estará puesta no solamente en cuántos altos oficiales cumplen la disposición, sino en si la Cámara de Cuentas verifica posteriormente la entrega de las declaraciones correspondientes.
La medida representa una de las primeras decisiones administrativas adoptadas por Rodríguez García desde que asumió la Dirección General de la Policía Nacional y coloca la transparencia patrimonial de los mandos policiales entre los primeros asuntos internos de su gestión.




