SANTO DOMINGO. – El nuevo Código Penal de la República Dominicana, que entrará en vigencia dentro de un año, establece condenas severas para quienes realicen carreras clandestinas, acrobacias o «calibrar» con motocicletas y otros vehículos. Estas acciones ya no serán tratadas como simples accidentes de tránsito, sino que tendrán repercusiones penales.
Según el Artículo 113 del nuevo Código Penal, las penas variarán en función del daño causado:
- Muerte de una o más personas: Se sancionará con 10 a 20 años de prisión mayor y una multa de 20 a 30 salarios mínimos del sector público.
- Mutilaciones o incapacidades permanentes: La pena será de 5 a 10 años de prisión mayor y una multa de 10 a 20 salarios mínimos.
- Golpes o heridas: La sanción es de 2 a 3 años de prisión menor y una multa de 9 a 15 salarios mínimos.

Estas penas no solo aplican a los conductores de motocicletas, que representaron más del 70% de las 2,100 muertes por accidentes de tránsito en 2024, sino también a los conductores de vehículos pesados y livianos que incurran en estas acciones ilegales. La prisión mayor es la condena más alta contemplada en el Código Penal, con escalas que pueden alcanzar de 30 hasta 40 años.





