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PORTADA » REPÚBLICA » Ley 47-25: Hasta 10 años de cárcel por contratos ilícitos

Ley 47-25: Hasta 10 años de cárcel por contratos ilícitos

La ley introduce modalidades como convenios marco y licitaciones abreviadas para mejorar eficiencia y control.

Atardecer Prensa Por Atardecer Prensa
28-01-2026
En REPÚBLICA
Ley 47-25: hasta 10 años de cárcel por contratos ilícitos
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Santo Domingo.– Desde este miércoles entra en vigencia la nueva Ley de Compras y Contrataciones Públicas 47-25, una normativa que endurece de forma significativa el régimen de incompatibilidades para los funcionarios públicos, al eliminar por completo la posibilidad de que estos participen como proveedores del Estado, sin importar el porcentaje de acciones que posean en una empresa.

Así lo informó el director general de Compras y Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, quien explicó que a partir de hoy inicia formalmente la implementación de la ley, con la promulgación del reglamento de aplicación por parte del presidente Luis Abinader. Señaló que la República Dominicana contará con una legislación moderna, orientada a fortalecer la transparencia, el control, la eficiencia y el desarrollo en el sistema de contrataciones públicas.

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Pimentel destacó que la normativa introduce nuevas modalidades de contratación, como los convenios marco, la asociación para la innovación, las compras por resultados y las licitaciones abreviadas. Asimismo, dijo que esta normativa fortalece los mecanismos de transparencia y control, el régimen de prevención de conflictos de interés y el sistema de consecuencias, al establecer sanciones de tipo administrativo, ético y penal.

Implementación y sanciones establecidas en la nueva ley El funcionario recordó que el proyecto de ley permaneció cerca de cuatro años en el Congreso Nacional, durante los cuales se realizaron consultas públicas y se incorporaron observaciones de diversos actores, antes de ser aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados y promulgado por el Poder Ejecutivo.

Afirmó que se trata de una ley alineada con los estándares internacionales y con mayor firmeza en materia de prevención y control. En cuanto a las sanciones, explicó que la ley establece un régimen de incompatibilidad absoluto para senadores, diputados, ministros y directores, quienes no podrán contratar con el Estado bajo ninguna modalidad.

Advirtió que cualquier intento de ocultar o disfrazar la participación de un funcionario en una empresa contratista conllevaría sanciones penales de dos a diez años de prisión, además de las consecuencias administrativas. Pimentel aclaró que la normativa no tiene efecto retroactivo, por lo que solo se aplicará a los procesos que se inicien a partir de su entrada en vigencia.

Indicó que, desde la Dirección General de Contrataciones Públicas, se informará al país sobre los pasos que se darán para garantizar su cumplimiento efectivo. Sobre la disposición que reserva un 30 % de las contrataciones a las MIPYMES, explicó que el Ministerio de Industria y Comercio será el encargado de certificar a las empresas que realmente cumplan con esa condición, lo que permitirá evitar que grandes compañías se disfracen para beneficiarse de esa cuota.

Etiquetas: Carlos PimentelLey 47-25MIPYMESSanciones funcionarios
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