SANTO DOMINGO, R.D. – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó sobre la emisión de una normativa técnica que establece el Estándar Homologado de los Cascos de Protección Personal, regulando el tipo de casco que deberán utilizar obligatoriamente los conductores y pasajeros de motocicletas en todo el territorio nacional.
La disposición, que se sustenta en la Ley 63-17 y el decreto 256-20, fue aprobada a nivel internacional tras ser presentada y validada ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). La normativa contó con la asesoría técnica de la Fundación FIA y un amplio proceso de consulta nacional con todos los actores del sector.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, resaltó la importancia de la medida:
“Cada casco homologado representa una vida protegida. Con esta medida reforzamos la seguridad de los motociclistas y sus pasajeros, quienes deben utilizar cascos certificados que garanticen la máxima protección ante un impacto”, afirmó Morrison durante el Diálogo Regional de Políticas Públicas sobre Transporte 2025.
Requisitos de homologación y uso
La normativa establece que solo se considerarán homologados aquellos cascos que cumplan con estándares internacionales certificados por laboratorios acreditados bajo la norma ISO/IEC 17025.
Estándares internacionales aceptados (entre otros):
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UN/ECE 22-06 (Unión Europea)
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FMVSS No. 218 (DOT)
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SNELL M2020/M2025
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GB 811-2022 (China)
La disposición detalla que los cascos deben contar con una coraza exterior rígida, un sistema de absorción de impactos y una retención ajustable.
Prohibición expresa:
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Se prohíbe de forma expresa el uso del medio casco debido a su cobertura insuficiente y al mayor riesgo de lesiones graves.
Obligatoriedad y mantenimiento:
El Intrant recordó que el uso del casco homologado es obligatorio tanto para el conductor como para el pasajero, debiendo llevarlo correctamente colocado y abrochado durante todo el trayecto. Además, el casco debe ser reemplazado tras un accidente o al cumplir siete años desde su fabricación.
El Intrant advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones será objeto de sanciones conforme a la Ley 63-17.





