Santo Domingo.– El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional impuso medida de coerción contra la comunicadora Claudina Pérez Ramírez, conocida como “La Tora”, consistente en una garantía económica de RD$500,000 en efectivo, impedimento de salida del país y presentación periódica.
La decisión fue adoptada por el juez Deiby Timoteo Peguero, luego de levantar el estado de rebeldía que pesaba sobre Pérez Ramírez, en el marco del proceso judicial que enfrenta por una acusación de presunta difamación contra la periodista Iluminada Muñoz.
Tribunal consideró que existía peligro de fuga
Durante la audiencia, el magistrado conoció la solicitud de coerción presentada por el Ministerio Público y los planteamientos de la parte querellante, representada por los abogados Emery Colomby Rodríguez y Gabriel Brugal Villanueva.
El tribunal consideró las medidas proporcionales para garantizar la presencia de la imputada durante el proceso y tomó en consideración, entre otros elementos, el alegado peligro de fuga y el cambio de domicilio sin notificación, de acuerdo con los argumentos expuestos durante la audiencia.
Los representantes legales de la parte querellante también argumentaron que Pérez Ramírez había incumplido previamente requerimientos de comparecencia ante la justicia.
Previamente habían ordenado su arresto
Horas antes, el tribunal había emitido una orden de arresto contra “La Tora” luego de que no compareciera a la audiencia pautada para conocer el juicio preliminar y la solicitud de medida de coerción.
El juez dispuso entonces la suspensión de la audiencia hasta que la comunicadora compareciera voluntariamente o fuera conducida ante el tribunal.
Posteriormente, tras su comparecencia, fue levantada la rebeldía y se conocieron las medidas solicitadas.
Juicio preliminar será el 23 de septiembre
El tribunal fijó para el 10 de septiembre la lectura íntegra de la decisión y aplazó para el 23 de septiembre el conocimiento del juicio preliminar.
En esa etapa deberá determinarse si existen elementos suficientes para que la acusación avance a juicio de fondo, sin que la imposición de una medida de coerción constituya una declaración de culpabilidad.




