Santo Domingo.– Alterar un medidor, realizar una conexión directa al tendido eléctrico o utilizar mecanismos para registrar un consumo inferior al real no constituye simplemente una irregularidad: el fraude eléctrico está tipificado y puede generar multas y penas de prisión en República Dominicana.
La Ley 186-07 considera fraude eléctrico la sustracción o apropiación intencional de energía para beneficio propio o de terceros, incluyendo conexiones al suministro sin contrato con la empresa distribuidora.
La legislación también contempla la manipulación de medidores, acometidas y redes de distribución, así como la utilización de dispositivos, programas informáticos o elementos electromagnéticos destinados a alterar el registro real del consumo.
¿Cuáles son las penas por fraude eléctrico?
Las sanciones dependen, entre otros factores, de la cantidad de energía sustraída y del tipo de suministro.
En los casos correspondientes a baja tarifa simple, como viviendas y determinados pequeños comercios, la normativa establece penas que comienzan con tres a cinco días de prisión o multas de tres a cinco salarios mínimos cuando la energía sustraída es inferior a 1,000 kilovatios-hora (kWh).
Cuando supera los 1,000 kWh y permanece por debajo de 2,000 kWh, las sanciones aumentan hasta entre cinco y diez días de prisión o multas de cinco a diez salarios mínimos.
Si la energía sustraída supera los 2,000 kWh, pueden imponerse entre 10 y 20 días de prisión, multas de entre 10 y 20 salarios mínimos o ambas sanciones.
Las sanciones aumentan para consumos de mayor demanda
La legislación contempla castigos superiores cuando el fraude involucra suministros bajo tarifas con demanda.
Dependiendo de la potencia involucrada, las sanciones pueden escalar desde varios meses hasta años de prisión, acompañadas de multas calculadas en salarios mínimos.
Empleados y contratistas enfrentan consecuencias más severas
Uno de los aspectos más relevantes de la normativa es el agravamiento de las penas cuando en el fraude participan empleados, exempleados o contratistas vinculados con empresas públicas o privadas del sector eléctrico.
En determinadas circunstancias contempladas por la legislación, estos casos pueden enfrentar penas de entre cinco y diez años de prisión.
La reincidencia también constituye un agravante. Cuando una persona registra más de un acta de fraude en distintos suministros, puede aplicarse el máximo de la pena correspondiente.
Asimismo, cuando las infracciones son ejecutadas de manera habitual por grupos organizados, pueden entrar en consideración otras disposiciones penales.
Un delito que también representa pérdidas para el sistema eléctrico
Además de las consecuencias judiciales para quienes incurren en estas prácticas, las conexiones ilegales y manipulaciones forman parte de las pérdidas no técnicas que enfrenta el sistema de distribución eléctrica.
Por ello, las distribuidoras realizan inspecciones y operativos para detectar conexiones fraudulentas y alteraciones de los equipos de medición.




