SANTO DOMINGO, R.D. – El nuevo Código Penal, aprobado recientemente por el Congreso Nacional, introduce sanciones severas para el delito de dopaje. Según el artículo 105, quienes suministren sustancias prohibidas para aumentar el rendimiento físico de una persona podrían enfrentar penas de hasta 20 años de prisión en situaciones agravadas.
La ley tipifica como delito el hecho de prescribir, suministrar, administrar, ofrecer o facilitar estas sustancias, con una sanción inicial de dos a tres años de prisión y multas económicas.
Las agravantes que aumentan la pena
La pena se incrementa de manera significativa si el delito se comete bajo ciertas condiciones. El castigo puede subir de cinco a diez años de prisión si se comprueban agravantes como:
- Poner en peligro la salud o vida de la víctima.
- Que la víctima sea un niño, niña o adolescente.
- El uso de engaño, intimidación o coacción.
- Aprovecharse de la posición laboral o contractual para inducir al dopaje.
- Suministrar medicamentos no aptos para el consumo humano.
Además, si la sustancia dopante es utilizada como medio para cometer otros delitos, como agresiones físicas o sexuales, la pena máxima podría ser de diez a veinte años de prisión, acompañada de multas de hasta 30 salarios mínimos.
Esta nueva legislación busca proteger la integridad física y mental de las personas, especialmente de los grupos más vulnerables, fortaleciendo el marco legal para combatir el uso indebido de sustancias.





