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PORTADA » ECONOMÍA » DGII fija en RD$5.4 millones tope para viviendas de bajo costo

DGII fija en RD$5.4 millones tope para viviendas de bajo costo

Según lo dispuesto en la resolución, este valor aplica a las viviendas desarrolladas a través de fideicomisos de viviendas de bajo costo y constituye un requisito indispensable para que los adquirientes puedan beneficiarse de los incentivos fiscales contemplados en la Ley 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.

Atardecer Prensa Por Atardecer Prensa
19-01-2026
En ECONOMÍA
Dgii fija en rd$5. 4 millones tope para viviendas de bajo costo
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Santo Domingo.– Adquirir una vivienda de bajo costo en la República Dominicana tiene un precio máximo de RD$5,450,851.12, de acuerdo con la Resolución Núm. DDG-AR1-2026-00001 emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). El documento establece que este monto corresponde al tope máximo de venta, sin fijar un precio mínimo.

Según lo dispuesto en la resolución, este valor aplica a las viviendas desarrolladas a través de fideicomisos de viviendas de bajo costo y constituye un requisito indispensable para que los adquirientes puedan beneficiarse de los incentivos fiscales contemplados en la Ley 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.

La DGII detalla que este mismo monto también se establece como valor exento del impuesto a la transferencia inmobiliaria para las personas que adquieren su primera vivienda mediante un fideicomiso de vivienda de bajo costo, lo que representa un alivio significativo para las familias que acceden a este tipo de proyectos habitacionales.

De acuerdo con la entidad recaudadora, el monto fue ajustado conforme al factor de inflación y regirá durante todo el año 2026, en cumplimiento de los artículos 129 y 131 de la Ley 189-11, así como de las modificaciones introducidas por las leyes 195-19 y 338-21, y el Decreto 268-15.

No puede superar el precio de ventas El documento aclara que solo las viviendas cuyo precio de venta no supere los RD$5.45 millones podrán ser calificadas como viviendas de bajo costo, condición necesaria para que los compradores accedan al bono vivienda, a exenciones tributarias y a otros beneficios contemplados en el marco legal vigente.

La DGII indica que este tope busca mantener el carácter social del programa, al tiempo que se ajusta a la realidad económica del país, garantizando que los incentivos estatales lleguen efectivamente a los hogares que adquieren su primera vivienda formal dentro del sistema financiero dominicano.

La Resolución DDG-AR1-2026-00001 fue emitida el 15 de enero de 2026 y forma parte de los ajustes fiscales aplicables para el ejercicio fiscal 2026.

Saber más: Descarga el archivo completo.

Etiquetas: Bono viviendaFideicomisoImpuestos InternosViviendas de bajo costo
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