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Inicio » ECONOMÍA » DGII exige facturación electrónica a grandes y medianos contribuyentes

DGII exige facturación electrónica a grandes y medianos contribuyentes

La disposición está contenida en un aviso emitido por la DGII, en el que se recuerda a los contribuyentes que estos comprobantes deberán ser utilizados para documentar sus operaciones comerciales

Atardecer Prensa by Atardecer Prensa
26 de agosto de 2026
in ECONOMÍA
Reading Time: 2 mins read
Facturación electrónica en república dominicana

Facturación electrónica en República Dominicana

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Santo Domingo.— La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que, a partir del 1 de noviembre de 2026, los grandes contribuyentes locales y medianos deberán emitir exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), como parte del proceso de implementación de la facturación electrónica en la República Dominicana.

La disposición está contenida en un aviso emitido por la DGII, en el que se recuerda a los contribuyentes que estos comprobantes deberán ser utilizados para documentar sus operaciones comerciales, conforme al calendario establecido para la incorporación de los distintos grupos de contribuyentes al sistema de facturación electrónica.

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Base legal de la medida El organismo precisó que la medida se sustenta en el artículo 55 del Reglamento núm. 587-24, de aplicación de la Ley núm. 32-23 de Facturación Electrónica de la República Dominicana, que establece las obligaciones y condiciones para la emisión de comprobantes fiscales electrónicos.

Asimismo, la DGII señaló que, una vez cumplido el plazo correspondiente, los contribuyentes obligados no podrán continuar utilizando comprobantes fiscales tradicionales en los casos previstos por la normativa. El aviso también contempla disposiciones para la emisión de comprobantes fiscales electrónicos con tipo “B” durante situaciones de contingencia, bajo las condiciones establecidas en el reglamento.

Fin de los comprobantes tradicionales

La institución recordó, además, que el uso exclusivo de facturas electrónicas para este grupo de contribuyentes constituye una obligación cuyo incumplimiento puede generar infracciones tributarias, de acuerdo con lo establecido en la Ley núm. 32-23 y demás normas aplicables.

La DGII exhortó a los contribuyentes alcanzados por la medida a prepararse con anticipación para la transición y a consultar los canales oficiales de la institución para obtener información y asistencia sobre el proceso de facturación electrónica.

Canales de asistencia de la DGII

Para consultas, la Dirección General de Impuestos Internos indicó que los interesados pueden comunicarse con su Centro de Contacto al (809) 689-3444 o utilizar los canales de contacto habilitados por la institución.

La disposición fue comunicada desde Santo Domingo, Distrito Nacional, mediante aviso fechado el 26 de agosto de 2026 y firmado por Pedro Urrutia Sangiovanni, director general.

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