Santo Domingo. – El abogado César Amadeo Peralta afirmó que el nuevo Código Penal establece un plazo de prescripción de hasta 30 años, contados a partir de que la víctima alcance la mayoría de edad, para perseguir penalmente los delitos de agresión sexual y violación sexual cometidos contra niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y personas en condición de vulnerabilidad.
El jurista explicó que han circulado interpretaciones erróneas sobre este aspecto de la legislación, al señalar que algunos sectores sostienen que estos delitos prescriben en plazos reducidos, cuando el texto aprobado contempla una ampliación significativa respecto al Código Penal vigente.
Peralta indicó que el artículo 141, en su párrafo, establece que las infracciones de agresión sexual, agresión sexual incestuosa, violación sexual y violación sexual incestuosa contra menores de edad, personas con discapacidad y en condición de vulnerabilidad prescriben a los 30 años, contados desde que la víctima cumple los 18 años.
Como ejemplo, explicó que si una víctima tenía 15 años cuando ocurrió el delito, el plazo de prescripción comenzará a contarse al cumplir la mayoría de edad, por lo que la acción penal podrá ejercerse hasta que la persona alcance los 48 años. De igual manera, si el hecho ocurrió cuando la víctima tenía 12 años, el plazo se extendería hasta los 48 años, al sumarse los seis años restantes para alcanzar la mayoría de edad y los 30 años de prescripción.
El abogado recordó que las víctimas pueden denunciar los hechos inmediatamente después de ocurridos, pero la norma amplía considerablemente el tiempo disponible para ejercer acciones penales en caso de que no puedan hacerlo de forma inmediata.
Prescripción para víctimas mayores de edad
Peralta precisó que, cuando la víctima es una persona mayor de edad, el nuevo Código Penal establece un plazo de 20 años de prescripción, computados a partir de la comisión del delito.
Asimismo, señaló que, como ocurre en la mayoría de los sistemas jurídicos, casi todos los delitos tienen un plazo de prescripción, con excepción de los crímenes de lesa humanidad, los cuales no prescriben.
El jurista invitó a la ciudadanía a consultar directamente los artículos 41 y 141 del nuevo Código Penal para conocer el alcance de las disposiciones relacionadas con la prescripción de los delitos sexuales.




