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Inicio » REPÚBLICA » Tribunal rechaza viaje de Jean Alain Rodríguez por fallas en pruebas

Tribunal rechaza viaje de Jean Alain Rodríguez por fallas en pruebas

Actualmente, el exfuncionario permanece sujeto a medidas de coerción consistentes en impedimento de salida sin autorización judicial y una garantía económica.

Atardecer Prensa by Atardecer Prensa
2 de marzo de 2026
in REPÚBLICA
Reading Time: 3 mins read
Tribunal rechaza viaje de jean alain rodríguez por fallas en pruebas
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El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la solicitud de levantamiento del impedimento de salida del país presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien buscaba viajar a España para tratar diversas condiciones de salud.

La magistrada Claribel Nivar Arias determinó que el tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas por la defensa. Rodríguez Sánchez pretendía asistir a una cita con el doctor Juan Carlos Ramírez Fernández en el Hospital Ruber Internacional, del Grupo Quirón Salud, en Madrid.

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Actualmente, el exfuncionario permanece sujeto a medidas de coerción consistentes en impedimento de salida sin autorización judicial y una garantía económica.

Los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Adolfo Biaggi Pumarol y Nelys Rivas habían solicitado el permiso alegando un estado de salud preexistente (adenoma en el riñón izquierdo y cálculos renales recurrentes) que requiere revisión, estudios y tratamiento especializado.

Argumentos del tribunal “Este tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas debido a graves irregularidades procesales, principalmente la ausencia de traducciones oficiales de documentos redactados en idioma inglés”, aduce la resolución núm. 249-04-2026-SRES-00005, del pasado 20 de febrero.

Según el fallo, parte esencial del historial clínico y las constancias de citas en hospitales de Estados Unidos (como el Massachusetts General Hospital) fueron presentadas en inglés. El tribunal subrayó que, bajo el artículo 137 del Código Procesal Penal, no se puede otorgar eficacia probatoria a documentos extranjeros que no estén acompañados de una traducción realizada por un intérprete judicial autorizado.

«Esta ausencia impide determinar si constituye una traducción válida del documento original… generando dudas esenciales», cita la sentencia en su página 13.

Inconsistencias y falta de rigor El tribunal señaló múltiples fallas en el inventario de pruebas. Se detectó un documento en español que no acreditaba ser una traducción oficial y que omitía información relevante, como fechas exactas. Asimismo, se hallaron registros médicos de los años 2008 y 2015 que no coincidían con el inventario presentado.

Al estar viciados los documentos base del historial clínico, la magistrada presidenta determinó que el «presupuesto fáctico» no fue acreditado legalmente, invalidando también las pruebas accesorias como los volantes de confirmación de citas.

La recomendación internacional La defensa presentó la solicitud alegando un deterioro progresivo de la salud de Rodríguez desde su arresto en junio de 2021. Detallaron que en mayo de 2022 sufrió un episodio agudo de cólico nefrítico que obligó a un ingreso de emergencia.

Uno de los puntos más sensibles expuestos fue el antecedente familiar: el padre del exprocurador sufrió una patología renal grave que terminó en la extirpación de un riñón y su posterior fallecimiento. Ante este panorama, los doctores Ana Isabel Chávez y Hamid Feiz recomendaron en enero de 2025 su evaluación en centros extranjeros como el Grupo Quirón Salud o la Clínica ROC, en España.

La defensa sostiene que el traslado es una «necesidad médica imperativa» y no un intento de evadir la justicia. Sin embargo, cabe destacar que en España reside actualmente el principal testigo de cargo en contra del exprocurador, el exjefe de Gabinete de la Procuraduría, Rafael Stefano Canó Sacco.

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