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Inicio » REPÚBLICA » Ordenan paralizar la exploración minera en la Cordillera Septentrional

Ordenan paralizar la exploración minera en la Cordillera Septentrional

La medida protege de manera directa los ecosistemas de los municipios de Altamira, Puerto Plata y Santiago, abarcando también a los distritos municipales de Pedro García, Río Grande, San Francisco de Jacagua y Yásica Arriba entre otras secciones afectadas.

Atardecer Prensa by Atardecer Prensa
5 de junio de 2026
in REPÚBLICA
Reading Time: 2 mins read
Ordenan paralizar la exploración minera en la cordillera septentrional
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La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de este distrito judicial emitió una sentencia que ordena la paralización inmediata de todos los trabajos de exploración minera en el proyecto «Cobre el Hoyazo II», ubicado en la Cordillera Septentrional.

El fallo, correspondiente a la Sentencia Civil Núm. 0514-2026-SSEN-00026, acoge de manera total la acción de amparo interpuesta por el ciudadano y profesional del derecho Winston Vásquez Valera, en contra de la empresa Vertrixi Holding SRL, conocida también como Vertrixi Holdin SRL, el Ministerio de Energía y Minas, y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

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«La sentencia 0514-2026-SSEN-00026 paraliza en todas sus partes la operación de la empresa Vertrixi Holding SRL y el proyecto de Azuay sobre la exploración de dicha cordillera… Hubo documentos, testimonios, pero sobre todo la posición de dicho Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ellos dos cosas hicieron importantísimas: un documento donde puntualizaban que dicha empresa no tiene ni permiso, ni licencia, ni estudios», explica el licenciado Vásquez Valera.

Un freno a la exploración

La magistrada a cargo del tribunal acogió tanto en la forma como en el fondo la solicitud del accionante, y suspendió de forma indefinida los trabajos dirigidos a la exploración de oro, plata, cobre y metales básicos en la zona. Dichos trabajos habían sido autorizados previamente mediante la Resolución Núm. R-MEM-CM-013-2024 del 5 de julio de 2024.

«Agradecer a la decisión de la magistrada de hacer una sentencia tan ponderada, tan estudiada; 31 páginas para concluir dando la razón al accionante. Por tanto, en nombre del Movimiento Unidos Somos Más, damos gracias a Dios por todo esto», aseguró el sacerdote Nino Ramos, parte de los grupos ambientalistas que defienden la coordillera.

La medida protege de manera directa los ecosistemas de los municipios de Altamira, Puerto Plata y Santiago, abarcando también a los distritos municipales de Pedro García, Río Grande, San Francisco de Jacagua y Yásica Arriba entre otras secciones afectadas.

Sanciones por incumplimiento

Para asegurar el cumplimiento de lo ordenado, el tribunal ordenó formalmente al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Ministerio de Energía y Minas supervisar el estricto cumplimiento de esta decisión. Además, se impuso una penalización económica, un astreinte de RD$500,000.00 en contra de las partes accionadas por cada día de retardo en la ejecución de la sentencia, fondos que correrán a favor del accionante Winston Vásquez Valera.

El dictamen detalla que la notificación y el inicio del cómputo de los plazos legales correspondientes se fijaron formalmente en la comunicación del 4 de junio de 2026.

«A partir de ahora tendremos que enfocarnos en ver si ellos apelan e ir entonces contra las otras mineras que también están haciendo daño en la cordillera. Iremos contra ellos también», afirmó Ramos refiriéndose a las otras 2 mineras que tienen permiso de exploración en la zona.

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