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Inicio » REPÚBLICA » Ministerio de Trabajo presenta resolución para el fomento de las prácticas profesionales

Ministerio de Trabajo presenta resolución para el fomento de las prácticas profesionales

Atardecer Prensa Por Atardecer Prensa
30 de agosto de 2023, 11:31
En REPÚBLICA
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Santo Domingo. – El Ministerio de Trabajo dio a conocer la Resolución Núm. 8-2023 para el fomento de las prácticas profesionales.

En la pieza publicada en medios nacionales, se instruye a la Dirección General de Empleo (SENAE), bajo la coordinación del Viceministerio de Políticas de Empleo, para apoyar al Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD), al Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCYT), así como al Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), para que se optimice la transición de la educación al empleo digno y remunerado.

En esta Resolución se entiende por práctica profesional lo definido en el segundo párrafo del artículo 255 del Código de Trabajo, el cual dispone que las mismas forman parte integral de los estudios académicos al amparo de la legislación educativa y no supondrán obligaciones contractuales para el empresario.

Igualmente expresa dicha resolución que quedan exceptuadas las prácticas reguladas por leyes especiales. Se entiende también que para el apoyo a la formalización de las prácticas profesionales podrá incluir la celebración de convenios de interoperabilidad entre los organismos del Estado competentes, con miras a facilitar el intercambio de información.

De acuerdo con esta disposición, en virtud del artículo 255 del Código de Trabajo, las prácticas profesionales pueden terminar sin responsabilidad para las partes.

En otro de los párrafos se establece que las prácticas profesionales no podrán ser utilizadas para cubrir vacantes ni para reemplazar al personal de las empresas u organizaciones en las que se realizan.

También indica que las acciones llevadas a cabo por la empresa o entidad con el propósito de simular una práctica profesional, podrán acarrear como resultado que la relación se considere como contrato de trabajo por tiempo indefinido conforme a las disposiciones del Código de Trabajo.

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