SANTO DOMINGO.– El presidente Luis Abinader emitió este martes el Decreto 675-26, que establece una vigencia uniforme de cuatro años para las licencias y autorizaciones de conducir, eliminando la reducción especial que se aplicaba a las personas a partir de los 75 años.
La disposición deroga el Decreto 330-26, emitido en mayo pasado, que había establecido para determinadas categorías una vigencia de cuatro años hasta los 75 años y de dos años a partir de esa edad.
Con el nuevo reglamento, las licencias tendrán una duración de cuatro años y vencerán el día del cumpleaños de su titular, conforme al artículo 208 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La modificación responde a la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, emitida el 14 de septiembre, que declaró contraria a la Constitución la disposición que establecía una vigencia diferente basada exclusivamente en la edad del conductor.
El nuevo decreto establece expresamente que la edad, por sí sola, no podrá ser utilizada como criterio para limitar, reducir o negar la vigencia de una licencia o autorización para conducir.
Esto no significa que desaparezcan las evaluaciones para determinar si una persona está en condiciones de manejar. La aptitud para conducir continuará siendo determinada mediante los exámenes físicos, teóricos y prácticos establecidos por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
La normativa también mantiene la posibilidad de suspender o cancelar una licencia cuando el titular deje de cumplir los requisitos establecidos por la legislación o cuando se determine, mediante certificación médica, una imposibilidad permanente física o mental para conducir.
El cambio se produce después de varios meses de discusión sobre el tratamiento diferenciado que recibían los conductores de mayor edad. El Decreto 330-26 había elevado de 65 a 75 años el límite a partir del cual comenzaban las renovaciones más frecuentes, pero el Tribunal Constitucional posteriormente anuló esa distinción.
Con el Decreto 675-26, la duración de la licencia deja de depender automáticamente de la edad y la capacidad para conducir deberá determinarse a partir de las condiciones particulares de cada persona y de las evaluaciones correspondientes.




