SANTO DOMINGO, R.D. – El Ministerio Público ha interpuesto un recurso de apelación contra la resolución judicial que favoreció al empresario Raúl Antonio Rizik Yeb, aclarando que el proceso penal en su contra por presunta violencia intrafamiliar no ha concluido y sigue bajo revisión del sistema judicial. La Fiscalía del Distrito Nacional busca que se revoque el Auto de No Ha Lugar y se ordene la apertura de un juicio oral y público.
La apelación, formalizada el 18 de junio de 2025 por el procurador fiscal del Distrito Nacional, Carlos Vidal Montilla, ante el Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, busca revertir el Auto de No Ha Lugar emitido el 19 de mayo, el cual rechazó las acusaciones contra Rizik Yeb por supuesta insuficiencia de pruebas.
Argumentos del Ministerio Público
El Ministerio Público sostiene que la jueza «obvió elementos probatorios de fondo que no pueden ser ignorados», citando múltiples testimonios, peritajes forenses, documentación oficial y pruebas materiales. Entre las evidencias mencionadas figuran evaluaciones psicológicas, testimonios de profesionales de la salud mental, actas notariales y armas decomisadas en posesión del imputado.
La apelación se sustenta en cinco argumentos jurídicos clave, incluyendo:
- Falta de motivación en la decisión judicial.
- Errores en la valoración de las pruebas.
- Violación al derecho a la tutela judicial efectiva.
A juicio de la fiscalía, la jueza acogió los argumentos de la defensa sin considerar el contexto de violencia prolongada documentado en el expediente.
Estado actual del proceso
Es importante destacar que el empresario Rizik había difundido en medios y redes sociales que había sido «descargado» por la justicia. Sin embargo, el Ministerio Público enfatiza que esta afirmación es inexacta, ya que el proceso penal no está cerrado y la decisión está sujeta a revisión por parte de la Cámara Penal de la Corte de Apelación.
El caso involucra una acusación por violencia intrafamiliar, presuntamente ejercida contra su expareja, Alexandra Mejía Alcalá, quien figura como víctima y parte querellante. La imputación se ampara en los artículos 309-1, 309-2 y 309-3 del Código Penal, así como en la Ley 24-97 sobre violencia de género e intrafamiliar.
El Ministerio Público ha solicitado a la Cámara Penal de la Corte de Apelación que revoque el Auto de No Ha Lugar y ordene la apertura de juicio contra Rizik, con el fin de que los hechos sean valorados en un debate oral y público.




