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Tribunal ordena conducencia contra Tamara Martínez en juicio por violencia de género

Según informó el tribunal mediante una nota de prensa, la medida busca asegurar la presencia de la víctima en calidad de testigo

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional emitió una orden de conducencia contra la comunicadora Tamara Martínez Piña, luego de que no se presentara al juicio que se sigue contra su expareja, el abogado Emilio Antonio López Nivar, acusado de violencia de género. La solicitud fue hecha por el Ministerio Público.

Según informó el tribunal mediante una nota de prensa, la medida busca asegurar la presencia de la víctima en calidad de testigo, ya que fue citada debidamente pero no acudió a la audiencia.

Este nuevo proceso judicial se desarrolla tras la decisión de la Corte de Apelación del Distrito Nacional de anular la condena de un año de prisión suspendida que el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional había impuesto a López Nivar, luego de que su defensa apelara el fallo.

Durante la audiencia del miércoles, el Ministerio Público, representado por las fiscales Cinthia Bonetti y Carlenny Camilo, presentó tres testigos. Entre ellos, la madre de la comunicadora, Cesarina Altagracia Piña Marte, quien afirmó que su hija ha sido víctima de violencia física y verbal de forma reiterada.

Piña Marte también aseguró que Tamara Martínez no asistió a la audiencia debido a amenazas y presiones por parte del acusado. Además, dos testigos adicionales, quienes trabajaron en el hogar de la pareja, confirmaron los hechos denunciados.

El tribunal, conformado por las juezas Leticia Martínez, en calidad de presidenta en funciones, junto a Evelyn Rodríguez y Ana Lee Florimón, decidió recesar la audiencia hasta el 4 de febrero a las 9:00 de la mañana.

Sobre el caso

De acuerdo con la Procuraduría, durante los 19 años de relación, Emilio Antonio López Nivar habría ejercido violencia física y verbal contra Tamara Martínez, además de restringirle su libertad y relaciones personales. Esto constituiría una violación a los artículos 309-I y 309-I, literales D y H, del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97 sobre violencia de género e intrafamiliar.

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