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Suprema Corte de Justicia rechaza nuevamente el proyecto del Aeropuerto Internacional de Bávaro

El tribunal indicó que el decreto 270-20 no se ajustaba a las normativas vigentes, ya que aprobaba directamente la construcción y operación del aeropuerto sin seguir el debido proceso ante el IDAC.

Santo Domingo. La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha fallado en contra del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB), respaldando la decisión del Poder Ejecutivo, a través del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), que declaró lesivo el proyecto por incumplir las normativas aeronáuticas y carecer de los permisos necesarios para operar.

Decisión Judicial y Repercusiones

Actuando como corte de casación, la Tercera Sala de la SCJ rechazó un recurso interpuesto por el AIB y declaró inadmisibles otras dos acciones similares presentadas por el Grupo Abrisa, entidad empresarial que respalda el proyecto del AIB. La sentencia fue aprobada mayoritariamente, con el juez Manuel A. Read Ortiz como ponente.

La SCJ también consideró que el decreto 270-20, que originalmente aprobaba el AIB y ordenaba un contrato entre el Estado dominicano y la empresa, estaba fuera de “la letra de la norma”. Este decreto fue derogado por el presidente Luis Abinader tras una decisión previa de la SCJ que lo declaró ilegal.

Argumentos Jurídicos y Doctrina

La sentencia de la SCJ refuerza las decisiones del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que previamente rechazaron la oposición del AIB a su prohibición de operar. La corte justificó su fallo basándose en una serie de ponderaciones jurídicas, desestimando los argumentos presentados por el AIB.

El tribunal indicó que el decreto 270-20 no se ajustaba a las normativas vigentes, ya que aprobaba directamente la construcción y operación del aeropuerto sin seguir el debido proceso ante el IDAC. La SCJ enfatizó que las adjudicaciones para la construcción de instalaciones aeroportuarias deben cumplir con la Ley de Compras y Contrataciones y la Ley de Alianzas Público-Privadas, respetando principios de publicidad, transparencia e igualdad.

Voto Disidente

El magistrado Moisés A. Ferrer Landrón emitió un voto disidente, argumentando que la administración actuó de manera incongruente y arbitraria al declarar lesivo el proyecto sin una justificación adecuada. Ferrer Landrón sostuvo que la decisión perjudica directamente los intereses del beneficiario del acto administrativo.

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