Con la tarifa promedio RD$1,843.00 por la revisión técnica vehicular, más el gasto por corrección de las fallas detectadas y el pago del marbete para poder circular, los propietarios de carros con fabricación hasta el 2017 tendrían que disponer de más de RD$3,300.00 cada año para cumplir con la ley 63-17.
La tarifa aumentaría si la fabricación del vehículo es superior al 2017 y, en el caso de los autobuses, la revisión técnica sería de RD$3,000.00 más otros RD$3,000.00 del marbete o derecho de circulación. Un camión volteo pagará de revisión RD$2,500.00, mientras que una máquina pesada pagaría RD$3,300.00.
La revisión de una motocicleta costaría RD$600,00 según la tarifa propuesta hasta ahora, tampoco incluye el impuesto pro el derecho a circulación o le marbete como se le conoce. En caso de que en la primera revisión el vehículo haya cumplido con los requerimientos solo pagará lo establecido para ambos casos, pero de lo contrario tendrá que pagar la corrección en un taller autorizado y además de ese gasto hay que pagar una segunda revisión ascendente a RD$816.90.
Distinto al marbete
Oscar Polanco, encargado de anteproyectos y presentación de iniciativas de la Dirección de Alianza Público Privada, al hacer una presentación del proyecto a directores de medios de comunicación, dijo que, a diferencia del marbete o derecho a circulación, la Inspección Técnica Vehicular (ITV) conlleva un servicio que hay que costear.
“Debe existir una tarifa mínima que no sea un exceso muy alto, el Intrant es que va a definir la tarifa y el modelo económico y se puede llegar a un acuerdo con la rentabilidad y el pago”.
El director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras, consideró que impulsar todo el proceso conlleva un reto para que la gente lo entienda por medio de una campaña de concientización.
“Al final, todo esto, cuando la gente lo entienda, dará muchos beneficios, y pongo un ejemplo: para vender el carro tengo que reparar, invertir cinco mil pesos, ya ahí tengo un primer filtro del beneficio para el que está comprando y para el que vende”, dijo Beras.
¿Hasta RD$15 mil?
El Colegio de Abogados informó que impugnará la privatización irregular del sistema de revista anual para vehículos de motor que pretende hacer el Gobierno. Y es que, según el presidente de este gremio, Miguel Surun Hernández, de aprobarse esta iniciativa se instauraría la obligatoriedad del pago de tarifas que rondarían desde 600 hasta 15 mil pesos dependiendo el tipo y modelo de vehículo.
Surun Hernández afirma que esto constituiría un gravísimo atentado no solo contra la clase media sino a las clases populares, como los motoconchos, que serían obligados a pagar hasta 600 pesos anual por esa supuesta inspección.
“Lo grave de la situación es que todos los dominicanos que poseen una simple motocicleta, hasta aquellos que tienen un vehículo de transporte para su trabajo y los que tienen vehículos de alta gama, se verían obligados a pagar exorbitantes sumas por el derecho a transitar, lo que, sumado a otros impuestos, implicaría una carga inaguantable para la población dominicana, todo para beneficiar empresarios allegados a funcionarios gubernamentales y que tienen planificado acumular grandes sumas de dinero a costillas del pueblo”, dijo Surun .
Lamentó que el Intrant y el Consejo Nacional de Alianza Pública Privada, no solamente emprendan un proceso irregular contra los intereses de la población dominicana, sino que trate de confundir a la ciudadanía ocultando los reales costos que tendrían que pagar por la privatización de dicho servicio.
Aseguró que este gremio enfrentará esta situación en todos los escenarios que sean necesarios para impedir que se agrave aún más la situación económica de la clase media y popular del país.
El decreto 5-19 que establece el reglamento de inspección de los vehículos dispone en su artículo 20 la periodicidad de la Inspección Técnica Vehicular que permitan comprobar el correcto funcionamiento de los vehículos de motor que transiten por las vías públicas de la República Dominicana, cumpliendo las normas de seguridad vial y de protección ambiental.
- 1) Vehículos livianos para transporte de personas y uso privado: Hasta tres años: exento. De más de tres años: anual.
2) Vehículos livianos de alquiler para transporte de personas: Hasta tres años: exento. De más de tres años y hasta nueve años: anual. De más de nueve años: semestral.
3) Vehículos livianos para transporte de personas y servicio público: Hasta cuatro años: bienal. De más de cuatro años y hasta ocho años: anual. De más de ocho años: semestral.
4) Microbuses desde cinco (5) hasta veinte (20) pasajeros: Hasta cuatro años: anual. De más de cuatro años: semestral.
5) Minibuses desde veintiuno (21) hasta treinta y seis (36) pasajeros: Hasta tres años: anual. De más de tres años: semestral.
6) Autobuses desde treinta y siete (37) pasajeros en adelante: Hasta tres años: anual. De más de tres años: semestral.
7) Vehículos pesados de carga: Hasta diez años: anual. De más de diez años: semestral.
8) Motocicletas, triciclos y cuadriciclos: Hasta tres años: exento. De más de tres años: anual.
9) Caravanas remolcadas: Hasta tres años: exento. De más de tres años y hasta nueve años: bienal. De más de nueve años: anual.
10) Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores: Hasta diez años: exento. De más de diez años: anual.