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SB emite circular para salvaguardar datos de los usuarios del sistema financiero

La normativa también busca mitigar la exclusión financiera de aquellos usuarios que son afectados por la errónea aplicación de la ley.

La Superintendencia de Bancos (SB) emitió una circular para garantizar la protección integral de los datos personales de los usuarios del sistema financiero. La circular, SB: CSB-REG-202300014, establece lineamientos y reiteraciones para que las Sociedades de Información Crediticia (SIC) y las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) cumplan con la Ley núm. 172-13, sobre Protección de Datos Personales.

La circular dispone que las SIC deben presentar la información del titular en forma clara, completa y detallada en sus reportes de crédito, especialmente, en aquellos casos en que exista una venta de cartera de créditos. Además, deben establecer parámetros para filtrar la información que debe o no ser publicada, el cruzamiento de datos y la exclusión de aquellos que corresponda.

Las SIC también deben corregir los errores objeto de una reclamación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la interposición, cuando estos le sean imputables, así como modificar o eliminar la información impugnada mediante reclamación, cuando no reciban respuesta de la EIF al reclamo, en un plazo de diez días hábiles.

Las EIF, por su parte, deberán mantener al día los datos que sirven a las SIC, realizando actualizaciones por lo menos dos veces al mes. Además, deben sustentar adecuadamente los rechazos de reclamaciones, así como toda solicitud de inclusión de informaciones modificadas o eliminadas de oficio por las SIC en un reporte de crédito.

La SB aclara que ni la circular ni los lineamientos del artículo 64 de la Ley, ni ningún otro instrumento del ordenamiento jurídico vigente, disponen la eliminación de cualquier deuda o compromiso económico que los usuarios no hayan cumplido al momento en que las SIC elaboren sus reportes.

La normativa también busca mitigar la exclusión financiera de aquellos usuarios que son afectados por la errónea aplicación de la ley.

La SB recuerda que las personas tienen derecho a obtener su historial crediticio o reporte de crédito de forma gratuita cuatro veces por año, en intervalos no menores a tres meses.

Para obtener el documento íntegro, puede acceder a la página web del órgano supervisor, en la ventana Normativas SB, o en el siguiente enlace Circular CSB-REG-202300014.

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